spacer
Bienvenidos a nuestro espacio web 1
  1
1
1
header
Navegación
Artículos
footer
Fundación
El Club Deportivo de Palomas Mensajeras Las Cruces, según la denominación recogida en sus Estatutos, se fundó el 30 de junio del 2004, siendo socios fundadores:
 
   - Manuel Parejo González,
   - Luis Mejías Tapias,
   - José Cantón García,
   - Mariano González Guisado,
   - Juan Francisco Rodríguez Macarro, y
   - Antonio Fernández Pulido.
 
Éstos formaban parte de un antiguo club ubicado en Villanueva de la Serena y por falta de entendimiento entre sus socios decidieron crear un nuevo club en Don Benito.
 
En la actualidad ya son más de 20 los miembros, casi todos de localidades situadas en la Comarca de las Vegas Altas de la provincia de Badajoz, aunque también hay socios de la Comarca de La Serena y de la Campiña Sur, así como de las localidad cacereñas de Navalmoral de la Mata y Sierra de Fuentes.
 
Las distancias al club son pequeñas para la mayor parte de los socios, pero en los últimos años se han unido algunos que deben salvar grandes trayectos, como ocurre con los socios de Navalmoral de la Mata (situada en el nordeste de la Provincia Cáceres) y Ahillones (en el sureste de Badajoz), con más de 100 Km. y tiempos de desplazamientos superiores a 1:30 horas.
 
El organigrama es el siguiente:
 
   - Presidente: Juan Francisco Rodríguez Macarro
   - Secretario: Manuel Parejo González
   - Tesorero: Antonio Carmona Suárez
   - Comisión de Vuelo:
           * José Cantón García
           * Mariano González Guisado
           * Ricardo Grueso López

 

Breve reseña de nuestros Estatutos
   En su Capítulo I recoge las Normas Generales: denominación, “Club Deportivo Palomas Mensajeras Las Cruces”, asociación privada, integrada por personas físicas, que tiene por objeto la promoción, desarrollo y práctica de la Colombofilia, en la modalidad de Mensajeras, con domicilio social en Plaza Juan Sánchez Cortés, 1 –entreplanta–, de Don Benito.

  El Capítulo II está dedicado a los Socios, donde se recogen los requisitos para adquirir tal condición: presentación de escrito, admisión en votación secreta de la Asamblea General y abono de la cuota de ingreso. La pérdida de la misma se producirá por la falta de pago de las cuotas sociales, por la comisión de una falta grave o muy grave, o por propia voluntad del socio. Como derechos del mismo se recogen participar con voz y voto tanto en la Asamblea como en las actividades, ser electores y elegibles y la posibilidad de abandonar voluntariamente el club; recayendo sobre él la obligación de contribuir al sostenimiento de los gastos, el cumplimiento de estos Estatutos, el contribuir al cumplimiento de las actividades y facilitar un domicilio.

  El Capítulo III versa sobre los Órganos de Gobierno y Administración que son la Asamblea General, El Presidente, El Secretario y La Junta Directiva. La Asamblea se reunirá preceptivamente con carácter ordinario al menos una vez durante cada temporada, y en sesión extraordinaria cuando las circunstancias lo requieran, siguiendo unos pasos para convocatoria, constitución y toma de acuerdos. El Presidente, además de ostentar la representación del Club, convoca y preside las reuniones de la Asamblea y la Junta Directiva y ejecuta sus acuerdos, siendo su elección mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, pudiendo ser destituido mediante moción de censura. El Secretario lo será de la Asamblea General y de la Junta Directiva; será fedatario de actas y acuerdos, y custodiará los archivos. La Junta Directiva dirigirá las actividades deportivas, realizará el proyecto de actividades y de presupuesto de cada temporada, siendo sus miembros nombrados y separados por el Presidente y ratificados por la Asamblea.

  El Capítulo IV está dedicado al Régimen Económico de presupuestos y patrimonio propios con algunas limitaciones: no podrá destinar sus bienes a fines diferentes a su objeto social, no podrá repartir beneficios entre los socios, etc.

  El Capítulo V contempla el Régimen Documental: libro de registro de socios, libro de actas, libro de contabilidad y la memoria económica anual.

  El Capítulo VI encierra el Régimen Disciplinario, constituido por la Sección 1ª De las faltas (leves, graves y muy graves), la Sección 2ª De las sanciones, la Sección 3ª De las circunstancias modificativas de la responsabilidad disciplinaria deportiva, la Sección 4ª De la extinción de la responsabilidad deportiva, y la Sección 5ª sobre El procedimiento disciplinario.

  El Capítulo VII versa sobre el régimen electoral que recoge el procedimiento a seguir para la elección del Presidente, Secretario y Vocales.

  Por último, el Capítulo VIII, que contempla la posibilidad de reformarlos, y el Capítulo IX que trata de la Extinción y Disolución del Club.

  Terminan con una Disposición final donde se recoge expresamente que los mismo producirán efectos deportivos según lo dispuesto en la Ley 2/95, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura y disposiciones de desarrollo, en la fecha de inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura.

 

Copyright 2005 - Free Templates by Zymic.com - All Rights Reserved.